Bibliografía
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Comentarios
Recuperado de: Cartilla del Ministerio de salud y protección social, aseguramiento en riesgos laborales, Dirección de Regulación de la Operación del Aseguramiento en Salud, Riesgos Laborales y Pensiones, Bogotá (sin fecha de publicación).
La invalidez puede estar originada por riesgo o enfermedad común o por riesgo o enfermedad laboral o profesional, y la pensión por el primer concepto estará a cargo del fondo de pensiones y por el segundo concepto estará a cargo de la administradora de riesgos laborales. Si existen los dos casos la pensión de invalidez por riesgo profesional es cubierta total por la Arl y ofrece una mayor remuneración.
ResponderEliminarDeisy Bohorquez