DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO: Conjunto de normas que regulan las
relaciones entre patronos y trabajadores no de modo individual, sino en
atención a los intereses comunes a todos ellos o a los grupos profesionales.
(OSSORIO, Manuel; Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales;
Buenos Aires Heliasta 1997, pp.317.
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